Medicina prepagada y seguro de salud
Ensayo
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Es indiscutible que exístela necesidad de normar y controlar por parte del estado la actividad de las empresas de medicina prepagada; pero aquello debería realizarse con una Ley que responda a la realidad, y que respete las grandes diferencias existentes entre lo concerniente a la actividad aseguradora, la medicina prepagada, la seguridad social y la salud pública, lo cual, lamentablemente, no se aprecia en este cuerpo legal.
(…) esta es una Ley que no cabe reformarla, sino derogarla. En su lugar se debe expedir una Ley que no mezcle ni confunda con otros servicios privados o sistemas públicos, que busque el crecimiento y desarrollo ordenado del sistema de medicina prepagada, con una regulación adecuadas y con la vigilancia y control pertinentes, que garanticen a los usuarios el cumplimiento presente y futuro de las prestaciones o servicios contratados por ellos.
Sobre el autor:
Doctor en Jurisprudencia y abogado en libre ejercicio profesional. Especialista superior en docencia universitaria, Miembro de Número de la Academia de Abogados y profesor de Derecho de Seguros en la Universidad Andina Simón Bolívar. Preside la Fundación para la Investigación, Tecnificación y Desarrollo del Seguro Ecuatoriano (FITSE). Se ha desempeñado como Superintendente de Bancos, Intendente General de Bancos, Director General de la Junta Bancaria y Presidente del Comité Permanente de Formación Aseguradora de FIDES:
Otras publicaciones: Análisis de la Legislación Relativa al Seguro Privado. Principales Innovaciones a la Legislación de Seguro Vigente. Participación de los Seguros de Vida en el Campo Pensional Ecuatoriano.